Condiciones de vivienda
Uso residencial, iluminación y ventilación adecuadas y, desde el Decreto 27/2026, superficies mínimas por estancia y una ocupación máxima.
Gestionamos y tramitamos el Certificado de Idoneidad para Vivienda de Uso Turístico que exige la Comunidad de Madrid. Revisamos tu vivienda, te decimos qué necesita y nos encargamos del papeleo hasta que puedas anunciarla legalmente.
CIVUT son las siglas de Certificado de Idoneidad para Vivienda de Uso Turístico. Lo introdujo la Comunidad de Madrid con el Decreto 29/2019 y lo ha actualizado el Decreto 27/2026, ambos modificaciones del Decreto 79/2014 de apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico.
Es un certificado técnico, firmado por un técnico competente tras revisar la vivienda, que acredita que cumple los requisitos de superficie, equipamiento, seguridad e información que exige la normativa turística.
Sin el CIVUT no se puede presentar la declaración responsable ante la Dirección General de Turismo ni inscribir la vivienda en el Registro de Empresas Turísticas, y por tanto no se puede anunciar legalmente en plataformas como Airbnb o Booking.
Revisamos punto por punto estas condiciones. Si falta algo, te lo decimos antes de emitir el certificado y te orientamos para resolverlo de la forma más sencilla.
Uso residencial, iluminación y ventilación adecuadas y, desde el Decreto 27/2026, superficies mínimas por estancia y una ocupación máxima.
Sistema de calefacción y de refrigeración en las estancias, adecuado a la temporada en que se comercialice la vivienda.
Plano de evacuación del edificio y de la vivienda, al menos en español e inglés, colocado en un lugar visible.
Extintor manual a no más de 15 metros de la puerta de salida y señalización básica de emergencia.
Ropa de cama, baño y mesa, vajilla, cubertería, cristalería y utensilios de cocina, además de sistemas de oscurecimiento en dormitorios y salón.
Aprobación expresa de la comunidad de propietarios. Además, la vivienda no puede ser de protección pública.
Resumen orientativo. Consulta el detalle en requisitos del CIVUT en Madrid.
Un único interlocutor durante todo el proceso.
Nos cuentas cómo es la vivienda y dónde está. Te preparamos un presupuesto.
Un arquitecto revisa la vivienda, toma medidas y comprueba cada requisito del decreto.
Si hace falta algún cambio, te lo explicamos con claridad y en orden de prioridad.
Redactamos el CIVUT y el plano de evacuación de la vivienda.
Presentamos la documentación ante la Comunidad de Madrid para inscribir tu vivienda.
¿Quieres saber si tu vivienda cumple?
Solicitar visita técnicaAlquilar una vivienda turística en Madrid implica cumplir varias normas a la vez. Te asesoramos para que no se te escape ninguna.
Con el CIVUT se presenta la declaración responsable y la vivienda recibe su número de inscripción, que debe figurar en toda la publicidad.
En el centro histórico solo se permiten viviendas turísticas en edificios completos; fuera de él, en edificios residenciales solo con acceso independiente en planta baja o primera. Más sobre el Plan Reside.
En mayo de 2026 el Tribunal Supremo anuló el número de registro único estatal; se mantiene la Ventanilla Única Digital. Qué cambia.
Autorización expresa de la comunidad de propietarios, superficies mínimas, ocupación máxima y más equipamiento. Las viviendas ya inscritas tienen tres años para adaptarse.
No hay un precio único: depende de la vivienda y de lo que haga falta para que cumpla. Estos son los factores que más influyen (más detalle en cuánto cuesta el CIVUT):
Cuéntanos cómo es tu vivienda y te diremos qué necesita. Para ello nos ayuda saber:
En Certificado CIVUT Madrid somos un equipo de arquitectos y profesionales del sector inmobiliario y turístico especializados en viviendas de uso turístico.
Seguimos de cerca cada cambio normativo para que tu vivienda cumpla hoy y mañana, y te explicamos el procedimiento sin tecnicismos.
¿No encuentras tu pregunta? Escríbenos desde el formulario.
Sí. El Decreto 79/2014 de la Comunidad de Madrid, modificado por el Decreto 29/2019 y por el Decreto 27/2026, exige el CIVUT para presentar la declaración responsable e inscribir la vivienda en el Registro de Empresas Turísticas. Sin él, la vivienda no puede comercializarse legalmente como vivienda de uso turístico.
Lo firma un técnico competente tras revisar la vivienda. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló en 2021 la reserva exclusiva a arquitectos y arquitectos técnicos. El visado colegial no es obligatorio.
En vigor desde el 26 de abril de 2026, exige la autorización expresa de la comunidad de propietarios, prohíbe el uso turístico en viviendas de protección pública, fija superficies mínimas por estancia y una ocupación máxima, amplía el equipamiento obligatorio y permite a los ayuntamientos limitar el número de viviendas turísticas. Las viviendas ya inscritas tienen tres años para adaptarse.
Sí. El Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM) publica un modelo de CIVUT, que actualizó en 2026 tras el Decreto 27/2026. Es un documento técnico que el técnico cumplimenta y firma después de revisar la vivienda.
Depende de si la vivienda ya cumple los requisitos. Si hay que adaptar algo, te indicamos exactamente qué y cómo antes de emitirlo.
No necesariamente. El CIVUT acredita las condiciones de la vivienda ante la Comunidad de Madrid, pero en la ciudad de Madrid el Plan Reside prohíbe las viviendas turísticas dispersas en edificios residenciales del centro histórico y, fuera de él, solo las permite con acceso independiente en planta baja o primera. Además, se necesita la autorización de la comunidad de propietarios.
No. En mayo de 2026 el Tribunal Supremo anuló el registro único estatal y su número (sentencia 620/2026), aunque mantiene la Ventanilla Única Digital. La referencia vuelve a ser la inscripción en el registro turístico de la Comunidad de Madrid.
Comercializar una vivienda turística sin estar inscrita es una infracción de la normativa turística de la Comunidad de Madrid y puede acarrear sanciones económicas importantes, además de la retirada de los anuncios en las plataformas.
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